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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331609
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1657
MILITARES, PATENTES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1657
No teniendo un militar la patente respectiva, que es el único documento que puede acreditarlo como miembro del Ejército y en posesión del empleo que pretende tener, es indudable que la resolución de la secretaria de la defensa nacional que nulifique las órdenes que erróneamente haya dado con anterioridad, para que dicha persona regresara al Ejército Nacional, con el mencionado empleo, no es violatorio de garantías, porque no vulnera derecho alguno de la propia persona, pues por no poderlo considerar como miembro del Ejército, no está amparado por las disposiciones contenidas en los artículos 3o. y 4o de la ordenanza general del Ejército, ni la autoridad mencionada lo destituye de empleo alguno, al no reconocerle el carácter militar.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1033/34. Benavides Carlos J. 8 de junio de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.