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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1657
MILITARES, PATENTES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1657
La circunstancia de que una persona no haya cumplido con lo dispuesto en la Circular Número 48 de 14 de julio de 1919, es motivo suficiente para que la Secretaría de la Defensa Nacional no tenga antecedentes sobre los servicios que pretende haber prestado en el Ejército Nacional y que, por tanto, no se le consideren derechos como militar.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1033/34. Benavides Carlos J. 8 de junio de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.