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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1731
SIEMBRAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE ORDEN PARA QUE SE ENTREGUEN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1731
Si se reclama en amparo la orden del jefe del Departamento Agrario y de su delegado en determinado lugar, para que se entreguen las siembras que hay en un terreno, a los vecinos de un pueblo, no se trata de la aplicación de leyes agrarias ni son actos que tienden a la resolución del problema agrario, en materia de restitución, dotación o ampliación de ejidos, sino de levantamiento de cosechas que afectan sólo a intereses particulares, y la suspensión debe concederse mediante el otorgamiento de la fianza respectiva; siendo la suspensión, procedente también, porque de negarse quedaría sin materia el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 801/38. P. viuda de Pérez Morales Francisca. 10 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.