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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1807
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1807
Concedido el amparo para que se restituyan al quejoso unas tierras de cuya posesión fue privado, no puede decirse que haya falta de cumplimiento de dicha ejecutoria, si se da nuevamente posesión a los terceros, de las mismas tierras, en virtud de un decreto de expropiación al que es extraño la autoridad responsable, quien no puede tomar, legalmente, medida alguna sobre el particular, sino que el agraviado puede hacer valer sus derechos ante las autoridades judiciales competentes, para obtener la restitución que pretende.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 543/37. Camacho González Felipe y otros. 13 de junio de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. Relator: Jesús Garza Cabello.