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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331646
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1897
PETROLEO, CONCESIONES INDEBIDAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1897
Si está decidido por una ejecutoria de amparo que un arroyo no es de propiedad nacional, y que conforme al párrafo quinto del artículo 27 constitucional, es de propiedad particular, integrante de la propiedad privada que atraviesa, la concesión que se otorgue a Petróleos de México, S.A., para la exploración y explotación petroleras del mencionado arroyo, sus cauces y las zonas que se consideren como federales, es violatoria de las garantías individuales del propietario, porque se le afectan sus derechos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1135/37. Stanford y Compañía, Sucesores. 15 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.