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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2125
CONTRIBUCIONES, EL PAGO DE LAS, NO CONSTITUYE CONSENTIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2125
No puede decirse que un causante haya consentido el impuesto que se le cobre, por el hecho de que con anterioridad haya cubierto algunas cantidades por ese concepto, si se vio obligado a efectuar esos enteros, por habérsele negado la protección federal que pedía contra tal cobro, y aun en el caso de que voluntariamente hubiera pagado diversas cantidades por el expresado concepto, ello no sería bastante para considerarlo, en lo sucesivo, obligado a pagar un impuesto que después de considera que no debe cubrir legalmente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 428/38. Nuñez viuda de Llorente Josefa. 23 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.