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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2133
ENERGIA ELECTRICA, COMPETENCIA PARA LEGISLAR EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2133
Las autoridades locales de los Estados carecen de competencia para legislar en la materia relativa al uso, aprovechamiento, o reglamentación de la energía eléctrica, ya que tal facultad está reservada expresamente a la Federación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2159/32. Cruz María Guadalupe. 23 de junio de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.