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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331694
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2268
PETROLEO, PROPIEDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2268
Correspondiendo a la nación la propiedad del petróleo existente en el subsuelo, no puede suscitarse duda alguna sobre que el origen de los derechos relativos a la perforación de pozos y a la apropiación del petróleo que se extraiga, no es otro que las concesiones que para tal objeto otorga la nación, por conducto del Poder Ejecutivo; así es que si el superficiario del terreno en donde se encuentran unos lotes, no tiene en su patrimonio una concesión confirmatoria que pudiera haber cedido a un tercero, y a éste no se le otorgó la concesión que solicitó, es incuestionable que la revocación de permisos que con el carácter de provisionales se le hubieren expedido, no es ni puede ser violatoria de garantías, desde el momento en que se le negó la facultad de extraer y hacer suyo el petróleo propiedad de la nación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5320/34. Compañía Petrolera del Agwi, S. A. 28 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.