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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 218
ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 218
No puede decirse que el acto reclamado esté consentido por el quejoso, por el solo hecho de que fue notificado de él por medio de un periódico oficial, si precisamente se impugna en amparo, la validez de esa notificación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4798/37. Creel viuda de Terrazas Emilia y coags. 11 de enero de 1938. Mayoría de tres votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Disidente: José María Truchuelo. Relator: Agustín Gómez Campos.