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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 366
PAN, SUSPENSION TRATANDOSE DE CLAUSURA DE EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 366
Si se reclama en amparo la orden que dicta un Ayuntamiento, para que se clausure un amasijo y expendio de pan, en virtud de que se había puesto al servicio público sin la licencia respectiva y por encontrarse dentro de la distancia prohibida por el decreto presidencial de primero de marzo de 1932, la suspensión debe negarse, pues aun cuando el quejoso tuviese la licencia respectiva, se trata de actos que son consecuencias de la aplicación de leyes reglamentarias de un precepto constitucional, esto es, del artículo 28, que tiende a proscribir los monopolios en el país, cuyo fin se traduzca en perjuicio de la sociedad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4080/37. Vendrell Lázaro. 15 de enero de 1938. Unanimidad de 4 Votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XLV, página 5464, tesis de rubro "PAN, SUSPENSION TRATANDOSE DEL REGLAMENTO DE LA INDUSTRIA DEL.".
Tomo XLVI, página 1047, tesis de rubro "PAN, SUSPENSION DE LA CLAUSURA DE UN EXPENDIO DE.".