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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331789
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 394
DOTACIONES PROVISIONALES. CARACTER PRECARIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 394
Como la resolución que sobre dotación de ejidos dicta un gobernador, es de carácter transitorio, toda vez que la misma puede ser revocada por el presidente de la República, es claro que mientras no se dicte el laudo presidencial, no puede considerarse como firme una afectación decretada provisionalmente por el gobernador de un Estado.
Precedentes
Amparo civil directo 1697/36. Castillo Nájera Guillermo. 17 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.