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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331823
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 925
EXENCION DE IMPUESTOS, EN CASO DE INDUSTRIAS NUEVAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 925
Es cierto que las contribuciones no pueden ser materia de contratación, pero acogerse a una ley que tiende a beneficiar las industrias nuevas, no es una contratación de contribuciones ni una exención total de impuestos, prohibida por el artículo 28 constitucional.
Precedentes
Amparo 6967/37. Galnares Castrejón Francisco. 27 de enero de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Aguirre Garza y Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.