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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1024
AMPARO, DOCUMENTOS EN EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1024
Si la orden de tildar la inscripción de la propiedad del quejoso en el amparo contra tal acto, y su ejecución, se apoyan en una ejecutoria, ésta debe acompañarse en copia certificada, para que se pueda examinar si dicha orden está fundada y motivada, y si no se hace así, no queda demostrada su constitucionalidad y el amparo debe concederse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7544/37. Martínez Carrillo Sofía. 29 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.