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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331917
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1726
FACULTADES EXTRAORDINARIAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1726
Las facultades para legislar en determinado ramo, otorgadas al Ejecutivo, no son contrarias a la separación de poderes establecida por la Constitución, pues tal hecho no puede interpretarse como la reunión de dos poderes en uno, ya que no pasan al Ejecutivo todas las atribuciones del Legislativo, y sólo es una cooperación o auxilio de un poder a otro.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3761/36. Asilo Patricio Sanz. 23 de febrero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.