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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331939
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1895
COLONATO, RESCISION DE LOS CONTRATOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1895
Como la ley concede a los afectados por los contratos de colonato, el derecho de recurrir ante los tribunales, en contra de las resoluciones dictadas por las oficinas federales de hacienda, pudiendo ser modificadas, revocadas o nulificadas; por ellas, y como surte efectos de suspensión el recurso si está pendiente su procedencia de la que en él se dicte, el amparo que contra dichas resoluciones se pida es improcedente y debe sobreseerse en él.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8067/37. Banco Nacional de Crédito Agrícola, S.A. 25 de febrero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.