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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
331961
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2408

PROPIEDAD, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA NO PUEDE IMPONER MODALIDADES A LA.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2408

Precedentes

Amparo en revisión 1990/38. Compañía de los Ferrocarriles Nacionales de Toluca a Tenango y San Juan, S.A. 30 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo LV, página 2238. Amparo administrativo en revisión 4203/37. Ferrocarril de Oaxaca a Ejutla, S. A. 4 de marzo de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.
Registro digital (IUS): 331961