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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
331985
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2411

COMERCIOS DISTANCIA ENTRE LOS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2411

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 6651/37. Ruelas Enrique y coag. 9 de marzo de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, página 618, tesis 360, de rubro "DISTANCIA, REQUISITO DE. ES VIOLATORIO DE LA GARANTIA DE LIBERTAD DE TRABAJO, CUANDO LO FIJA UN REGLAMENTO Y NO UNA LEY EMITIDA POR EL ORGANO LEGISLATIVO.".
Registro digital (IUS): 331985