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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
331995
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2622

DERECHOS POLITICOS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2622

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 5828/37. Pineda Ogarrio Alberto y coags. 15 de marzo de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos. Quinta Epoca: Tomo LIII, página. 1876. Amparo administrativo en revisión 3813/37. Arrieta Federico. 18 de agosto de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Jesús Garza Cabello no intervino en la vista de este asunto por las razones que se expresan en el acta del día. Relator: Gómez Campos. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XIII, página 815, tesis de rubro "DERECHOS POLITICOS.".
Registro digital (IUS): 331995