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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2790
BIENES NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2790
No puede considerarse como vueltos al dominio de la nación, unos terrenos cuyos dueños alegan haber obtenido por usucapión, mientras no sean examinados, a la luz del derecho, no los títulos escriturarios que hayan sido declarados nulos por un decreto, sino los títulos de posesión de los afectados, y por tanto, la Secretaría de Agricultura y Fomento no tiene derecho para hacer enajenaciones ni arrendamientos de tales terrenos, y si lo hace, viola las garantías de los afectados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 591/37. Argüello Alberto E. y coags. 17 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.