Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/332044
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3081
TRIBUNAL FISCAL, RESOLUCIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3081
La fracción III del artículo 17 de la Ley de Justicia Fiscal, sólo limita las funciones de los ministros semaneros y no los casos en que procede el sobreseimiento, razón por la cual no es de aplicarse por una sala de dicho tribunal, en las resoluciones dictadas en audiencia de derecho, por los tres Magistrados que la componen.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3113/37. Compañía de Productos Alimenticios, S.A. 25 de marzo de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.