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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332059
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3169
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, REVOCACION DE SUS ACTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3169
No puede el gobierno de un Estado privar a un particular del goce de un derecho que le ha concedido, pues los actos de las autoridades administrativas no pueden ser revocados sino de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, de la misma manera que se originan.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8458/37. Flores Guillermo D. y coags. 30 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.