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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332084
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3908
EXPROPIACION, AMPARO CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3908
Si la solicitud de unos campesinos para que se expropien terrenos que pertenecen a una compañía, está en trámite, y por tanto, el gobernador del Estado respectivo, no ha dictado resolución alguna y la Suprema Corte de Justicia no sabe en qué sentido habrá de ser dictada y tampoco si el mismo gobernador va a tener en cuenta la defensa que ante él haga la afectada en el sentido de que está explotando los terrenos para la industria del petróleo, es indudable que no se afecta a dicha compañía en sus intereses, pues no hay resolución alguna de expropiación y menos ha podido ser ésta ejecutada, razón por la que debe sobreseerse en el amparo que contra la expropiación se pida.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3358/34. Azuela viuda de Ugarte Leonor. 18 de febrero de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alonso Aznar Mendoza y José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Agustín Aguirre Garza.