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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332092
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3967
RESOLUCIONES FUNDADAS EN LA LEY.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3967
Si la resolución que se reclama es el resultado de la aplicación de un precepto, no puede considerarse violatoria del mismo, por el hecho de que sea contrario a los intereses del afectado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 443/38. Inmuebles, S. A. 31 de marzo de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Alonso Aznar Mendoza. Relator: Agustín Aguirre Garza.