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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332135
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 166
ALBACEAS, ILEGALIDAD DEL DESISTIMIENTO POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 166
Como los albaceas no tienen facultades legales más que para la defensa de los bienes sucesorios, pero no para desistirse de las acciones intentadas en favor de la herencia, es indudable que el apoderado de un albacea, tampoco puede desistirse de una de dichas acciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2214/36. Lastra Fernández Andrés, sucesión de. 5 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Aguirre Garza no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.