Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/332176
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 501
ACTOS LEGISLATIVOS, NO SON DECLARATIVOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 501
El acto legislativo es obligatorio para todos los ciudadanos y para todas las autoridades, sin que pueda ser discutido por éstas, sino en el juicio de garantías; por lo mismo, la declaración contenida en él, es mandamiento público, verdad legal y no mera sugestión o advertencia, y por tanto, un decreto es un acto de autoridad con efectos jurídicos, y no debe considerarse como acto declarativo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4366/37. Luengas Luis G. y coagraviado. testamentaría de. 14 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.