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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 503
ARTICULO 104 CONSTITUCIONAL, VIOLACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 503
Si queda comprobado que unas personas son vecinas de un Estado y tienen dificultades con el gobierno de otro, es claro que la controversia no puede ser decidida por el Ejecutivo de ésta, ni por los tribunales judiciales de la entidad federativa a que pertenezcan, quienes si la resuelven, violan el artículo 104 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4366/37. Luengas Luis G. y coagraviado. testamentaría de. 14 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.