Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/332181
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332181
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 502
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, NULIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 502
Un decreto es privativo, si tratándose de intereses controvertibles entre el Estado como entidad jurídica, y un particular, el propio Estado, como entidad soberana con poder para legislar y, por lo mismo, para efectuar situaciones jurídicas, se hace justicia a sí mismo, declarando que uno de varios contratos en que intervino como sujeto de derecho privado y los decretos en que esos contratos tuvieren base, son inexistentes o nulos, sin dar a los intereses afectados, la oportunidad de la audiencia y de la defensa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4366/37. Luengas Luis G. y coagraviado. testamentaría de. 14 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.