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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332195
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 559
COMUNICACIONES ELECTRICAS, DE SERVICIO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 559
La facultad del Estado para fijar las cuotas de las comunicaciones eléctricas, no es arbitraria, sino que debe respetar las normas del contrato concesión, en cuanto no deban derogarse, en vista del interés público.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2765/37. Compañía Telefónica Mexicana. 15 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.