Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/332208
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332208
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 658
POSESION, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 658
Basta el reconocimiento por parte de la autoridad responsable, de la posesión del quejoso, para tenerla por acreditada en autos, y demostrada ésta, debe ser respetada, sin que los Jueces Federales tengan facultad para decidir si es buena o mala.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4275/37. Vázquez José G. 19 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.