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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332287
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1407
RESOLUCIONES FISCALES, AUTORIDAD RESPONSABLE EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1407
Si una persona promueve un juicio administrativo ante el Tribunal Fiscal de la Federación, contra un cobro fiscal, el amparo que posteriormente promueva contra el mismo, debe serlo no contra el secretario de Hacienda, sino contra la Sala del Tribunal Fiscal que haya confirmado en su sentencia, la resolución dictada por la mencionada secretaría.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4569/37. Durand M. Antonio. 5 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.