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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332295
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1495
COMERCIOS, CIERRE REGLAMENTARIO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1495
La finalidad que se persigue con la reglamentación del cierre del comercio, es que éste no se efectúe después de las horas señaladas; razón por la que no puede imponerse una multa a quien abre su comercio, cuando se trata de establecimientos cuyas puertas sirven de comunicación al domicilio o residencia del dueño y por ellas haya entrado alguna persona, sin fines comerciales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6152/33. Aguirre Ambrosio. 6 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.