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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1611
PENSIONES MILITARES, PRESCRIPCION DEL DERECHO A LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1611
No es lo mismo la prescripción ocasionada por no haberse pedido en tiempo el beneficio de una pensión, que es la única instituida por la ley, que la prescripción debida a caducidad de la instancia, por no haber insistido en la gestión inicial, pues este último caso de prescripción no ha sido instituido por el legislador, tratándose de pensiones militares.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1186/37. Ruiz viuda de Gutiérrez Arcadia. 9 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.