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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332354
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1741
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE DESCONOCER LA VALIDEZ DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1741
Si se reclama en amparo el decreto del gobernador de un Estado, declarando la nulidad de un contrato que celebró un gobernador anterior con el quejoso y que manda dar los pasos necesarios para entrar en posesión material de los bienes a que se refiere el contrato, es indudable que de realizarse dichos actos, se causaría al quejoso un perjuicio de difícil reparación y procede conceder la suspensión sin requisito alguno, si aparece que el gobierno del Estado recibió una cantidad considerable de dinero, con motivo del contrato cuya nulidad se declara, cantidad que los Jueces del amparo estiman suficiente para garantizar los daños y perjuicios.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4366/37. Luengas Luis G., sucesión de. 12 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXXIII, página 754, tesis de rubro "CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, SUSPENSION CONTRA EL CUMPLIMIENTO DE LOS.".