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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332380
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1960
PRESIDENCIA DE LA SUPREMA CORTE, RECLAMACION CONTRA LOS TRAMITES DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1960
No es necesaria la expresión de agravios cuando se reclama algún trámite de presidencia, y menos tratándose de acuerdos que desechen demandas de amparo, porque en esas ocasiones se estudian con toda amplitud las demandas, para establecer la procedencia o improcedencia de su admisión, en vista de todos los datos ministrados por la misma.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6202/37. Ortiz V. Ramírez. 17 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.