Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/332405
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332405
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2234
ALCOHOLES, FACULTADES DE LA JUNTA TECNICA CALIFICADORA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2234
La Junta Técnica Calificadora de Alcoholes no tiene facultad legal para modificar en cualquier tiempo, la calificación de la producción de una fábrica, hecha en atención a la capacidad de los aparatos destinados a la elaboración, pues de acuerdo en los artículos 10, 11 y 13, parte final, de la Ley del Impuesto Sobre Alcoholes, y 10, 12 y 114, fracción VII, de su reglamento, la determinación del volumen de producción tiene como base la capacidad de los aparatos e instalación y la materia prima por utilizarse, de modo que una vez fijada, sólo puede variarse cuando los aparatos o instalaciones sufran modificaciones, o cuando los datos que sirvieron para formular la calificación, se consideren inexactos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4361/37. Hacienda "El Rincón", S.C.P. 23 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.