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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2448
TERRENOS NACIONALES, APEO Y DESLINDE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2448
Es indispensable la facultad que tiene la nación para mandar deslindar sus propiedades. Ahora bien, si a una persona se le ha dado oportunidad para que acredite la posesión de su predio, con objeto de que el deslinde de una propiedad nacional no la afecte, el mismo no le causa perjuicio en sus intereses, pues éste nacería si, a pesar de que ante esas autoridades demostrase los derechos que dijera le asistían, éstas declarasen de propiedad nacional, terrenos del agraviado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1847/24. Ochoa Zacarías, sucesión de. 30 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.