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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2770
BENEFICENCIA PRIVADA, EXTINCION DE ASOCIACIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2770
Si no queda probado que los egresos eran superiores a los ingresos, en una asociación de beneficencia privada, o que sus condiciones de aseo eran malas, no procede declarar su extinción, de acuerdo con las fracciones I y V del artículo 67 de la Ley de Beneficencia Privada, máxime, si entre las pruebas presentadas al efecto, no hubo dictamen pericial de contador alguno o de médico cirujano, para comprobar los hechos sostenidos por inspectores legos, y queda comprobado que había un superávit, aunque a las cuentas se les hayan hecho algunas observaciones, si éstas indicaban que había excedentes en los ingresos de la asociación, quien podía hacer gastos, aun fuera del presupuesto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5914/36. Asociación Mexicana de la "Cruz Blanca Neutral". 9 de diciembre de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alonso Aznar Mendoza y Jesús Garza Cabello. Relator: José María Truchuelo.