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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2874
PATENTES, NULIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2874
Mientras no se declare la nulidad de una patente, ésta produce todos sus efectos, y si los documentos ofrecidos por el impugnador de la novedad de aquélla, no contienen declaración de nulidad de la misma, no hay motivo para no confirmar el fallo de la primera instancia, que declaró invadidos por un tercero, los derechos protegidos con tal patente.
Precedentes
Amparo administrativo directo 6250/36. Ramírez Ignacio. 10 de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo.