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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332489
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 3509
EXPROPIACION, INDEMNIZACION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 3509
La expropiación debe hacerse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 constitucional, o sea, mediante la indemnización correspondiente, sin que pueda mediar más que el tiempo indispensable para fijar el valor de lo expropiado de acuerdo con el valor fiscal, o si no existe éste, conforme al avalúo que se haga inmediatamente, para dar cumplimiento así al citado artículo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5062/37. Morales Consuelo. 23 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: José María Truchuelo.