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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332504
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 23
PETROLEO, EMBARGO DE TITULOS DE CONCESIONES CONFIRMATORIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 23
El embargante de un derecho confirmatorio, tiene expeditos sus derechos como tal, para salvaguardarlos por medio del depositario o del interventor, quien vigilará las exploraciones o explotaciones, a efecto de que la cosa embargada no sufra menoscabo, actividad que no incumbe, en forma alguna, a la Secretaría de la Economía Nacional, y no siendo ésta acreedora ni deudora de la parte quejosa, ni de quien aparezca como dueño de la concesión, no son aplicables a sus actividades de control, vigilancia y regulación, las disposiciones de los artículos 547 y 560 del Código de Procedimientos Civiles, que rigen el secuestro judicial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2967/36. Compañía Hispano Cubana de Petróleo, S. A. 1o. de julio de 1937. Mayoría de tres votos. disidentes: Alonso Aznar Mendoza y Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.