Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/332511
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 150
MANIFESTACIONES DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 150
El hecho de que una casa bancaria haya estado, hasta el día de su clausura, bajo el control de la Comisión Nacional Agraria, no significa que la intervención de ésta, en las instituciones de crédito, sea un medio por el cual la ley le confiera facultades para suplir las de aquéllas, para determinar si las manifestaciones de ingresos percibidos por los causantes, se han hecho conforme a la ley relativa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1825/37. Estrada Miguel, sucesión de. 3 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.