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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 160
TRANSPORTES, SUSPENSION TRATANDOSE DE CONCESION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 160
Si se endereza el amparo contra el permiso concedido por una autoridad administrativa, para que determinada sociedad proceda a explotar nuevas líneas de transportes urbanos, y del informe rendido aparece que la tramitación de los permisos se ajustó en lo absoluto a las disposiciones del Reglamento de Tránsito respectivo, y de acuerdo con la facultad que la Ley Orgánica de Tránsito concede a los Ayuntamientos, la sociedad del lugar de que se trate, está interesada en que se cumpla y ejecute el acuerdo, pues el transporte de pasajeros, que es un servicio público, satisface una necesidad general y provee al público de un medio rápido y cómodo de tránsito en la población y, por tanto, la suspensión debe negarse.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1192/37. Siller Rodolfo y coagraviados. 3 de julio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.