Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/332525
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332525
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 200
DESISTIMIENTOS EN AMPARO, ALCANCE DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 200
No puede tenerse al quejoso por desistido de dos amparos acumulados que haya presentado, si sólo se desistió del primero, precisamente porque había promovido el segundo, y manifestó su voluntad expresa de continuar este último.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto por el que se sobreseyó en dos amparos acumulados 2973/36. Aguilar Mercedes. 6 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.