Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/332565
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 540
MILITARES, COMPUTO DE TIEMPO DE LOS SERVICIOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 540
La disposición atribuida al general Pablo González, llamando públicamente a todos los ex federales, con objeto de que ingresaran al nuevo Ejército y manifestando que sólo se les deduciría el tiempo de servicios y los ascensos otorgados por el Gobierno de la Usurpación, no puede derogar la expedida por el primer Jefe del Ejército Constitucionalista, en el Decreto de 20 de abril de 1913, y que ofreció reconocer los grados y derechos de los jefes federales, siempre que se presentaran dentro del término de treinta días.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7927/36. Flores Rivas Francisco J. 13 de julio de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.