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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 716
ALCOHOL, PRUEBA DEL MONTO DE PRODUCCION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 716
Si un causante sostiene que la producción de alcoholes de su fábrica no es el mínimo, debe demostrarlo en lo administrativo, ante el Departamento de Impuestos Sobre Bebidas Alcohólicas, mediante el balance de sacarosa que el propio departamento debe verificar, con los datos que obren en su poder y los que para tal efecto recabe, por lo que la prueba testimonial para el caso, no es admisible.
Precedentes
Amparo administrativo directo 5807/36. "Nicolás de la Peña Sucesores". 16 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.