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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 786
OPOSICION, LEGALIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 786
El artículo 50 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación no suprime legalidad alguna de las esenciales del procedimiento, que establece el artículo 14 constitucional, sino sencillamente subordina la admisión de la demanda al requisito perfectamente legítimo de que sea garantizado el interés fiscal y, por tanto, no es anticonstitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2811/36. Mosonyi Emilio. 20 de julio de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.