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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332626
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1127
EMPLEADOS, RESPONSABILIDAD DE LOS FIADORES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1127
Si una persona sólo afianzó el manejo de un empleado y no la responsabilidad en que incurriera por concepto de multas, el acto por el que se trata de hacerle efectiva la que se le haya impuesto a dicho empleado, es violatoria de garantías, puesto que la fianza debe regirse por las estipulaciones del contrato respectivo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2334/37. Izarrarás José Natividad. 28 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.