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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1166
CONCESIONES MINERAS, OBJETO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1166
Como el poder público no puede concesionar sino los bienes propiedad de la nación, en caso de que haya controversia sobre la solicitud de una concesión y se pida amparo contra la resolución recaída, en éste debe estudiarse al punto relativo a si la substancia materia de las solicitudes, puede serlo de una concesión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 373/35. Cuevas Lascuráin Carlos. 29 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.