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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332668
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1410
CAMINOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE ABRIR LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1410
Si se reclama en amparo la orden de un presidente municipal para que por terrenos de los que el quejoso dice ser dueño, se facilite el paso a los vecinos de un pueblo, y del informe aparece que existía allí un callejón abierto y que el quejoso, estimando que se estaban invadiendo terrenos de su propiedad, lo clausuró, el acto reclamado es de interés general y debe prevalecer sobre el particular, y la suspensión debe negarse; ya que, de concederse, se vulnerarían los derechos de la colectividad al impedir el paso por el lugar que había constituido un callejón de salida.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2781/37. Ceballos Abrego Tomás. 4 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.