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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1463
OPOSICION, MATERIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1463
Basa que el cuasicontrato que se establezca en un juicio de oposición contra un cobro fiscal, no se haya ocupado de otra responsabilidad que la fijada en el artículo 616 de la Ley Aduanal, para demostrar que al juzgarse que el causante incurrió también en responsabilidades ajenas al cuasicontrato, se infringe el artículo 436 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo administrativo directo 7696/36. Chanín Miguel. 6 de agosto de 1937. Mayoría de cuatro votos. Relator (disidente): José María Truchuelo.